El Ayuntamiento de Palma incumple la ley con trabajadores del consistorio, los que han realizado concursos de oposición méritos, una mera pantomima para blanquear su imagen

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El sindicato ATAP en el AYUNTAMIENTO DE PALMA informa que se ha comunicado los INMINENTES CESES de TRABAJADORAS SOCIALES del Ayuntamiento de PALMA con una antigüedad de 6, 10, 12, 20 y hasta 21 años por no haber superado el proceso selectivo ordinario de concurso-oposición, cuando hoy se resolvería solo por CONCURSO DE MÉRITOS, conforme a la ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Esta reforma legislativa 20/2021 tiene como objetivo reducir la temporalidad al 8% y transponer las directrices europeas en cuanto al ABUSO de la TEMPORALIDAD ILÍCITA, no obstante, estas directrices comunitarias exigen SANCIONAR los ABUSOS cometidos y no regula ninguna SANCIÓN a los ABUSOS ya cometidos, incumpliendo descaradamente la normativa europea. Esta falta de voluntad política en solucionar los ABUSOS ya cometidos es la consecuencia de los CESES actuales de trabajadores públicos temporales en abuso de la contratación temporal.

Las trabajadoras que van a cesar son mujeres, mayores de 45 años con experiencia en su puesto de trabajo con una media de 14 años de antigüedad, condenándolas a un riesgo de exclusión laboral por sus edades y su s perfiles especializados como trabajadoras sociales en el sector público. Que en el momento del COVID-19 fueron personal esencial y sacaron como campeonas los servicios públicos adelante, sufriendo mayor carga laboral y agradeciéndoles el Ayuntamiento su servicio y de dedicación con OPOSICIONES ILEGALES, encubriendo un ERE ilegal y gratuito, para mantener su trabajo que llevaban décadas realizando en PRECARIO y de manera ILÍCITA por el mal funcionamiento de la Administración, al infringir la LEY (TREBEP) de no convocar anualmente la oferta pública que exige la ley mencionada.

Los ceses vienen motivados por procesos selectivos de “oposiciones ilegales” para trabajadores en ABUSO DE LA TEMPORALIDAD, y que dichas trabajador as tienen
demandad o en los juzgados este fraude, sin haber sentencia resolutoria.

Advirtiendo que la jurisprudencia reconoce el ABUSO DE LA TEMPORALIDAD convirtiéndose en FRAUDE DE LEY. Por ello, estos CESES son ILEGALES al ser contrarios a la normativa europea actual Directiva 1999/ 70/ CE del Parlamento Europeo y su jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE, especialmente la STJUE 19 de marzo de 2020, en las cuales se afirma que los trabajadores en ABUSO DE LA TEMPORALIDAD no puede n someterse a un sistema de oposición ORDINARIO para lograr la estabilidad, porqué debe SANCIONARSE los ABUSOS y NO pueden someter a procesos selectivos a trabajadores en ABUSO para mantener sus puestos de trabajo , ya que esto con llevaría penalizar y sancionar a la propia víctima del abuso y no a la Administración que ha cometido el ABUSO y FRAUDE DE LEY.

TJUE : «No son una medida adecuada para sancionar el abuso, ni para reparar el daño a los trabajadores víctimas del abuso, por qué no garantizan la estabilidad laboral real del trabajador abusado y que el perjuicio recaería sobre la víctima y no sobre el responsable del abuso».

El AYUNTAMIENTO DE PALMA está haciendo todo lo contrario de lo que dictamina Europa en sus sentencias, están sacando a oferta pública ordinaria, incluyendo las plazas judicializadas sin tener en cuenta las posibles consecuencias, el posible derecho a la FIJEZA, subsidiariamente conseguir una indemnización por CESE y la posible REEADMISIÓN de las trabajadoras si los Tribunales les dieran la razón, con las correspondientes consecuencias de aumento de gasto público, empeoramiento del servicio público, además de incurrir en responsabilidad patrimonial por parte del Ayuntamiento de Palma y sus responsables.

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