Aprobado el reglamento del Comité de Expertos para la Transición Energética y el Cambio Climático de Baleares

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El Consell de Govern ha aprobado el Proyecto de decreto por el cual se aprueba el Reglamento del funcionamiento y la composición del Comité de Expertos para la Transición Energética y el Cambio Climático.

La Ley 10/2019, con el fin de asesorar al Govern de Baleares en relación con el desarrollo y la consecución de sus objetivos, crea, en el artículo 7, un órgano colegiado como es el Comité de Expertos para la Transición Energética y el Cambio Climático.

Comité de Expertos

El Comité de Expertos para la Transición Energética y el Cambio Climático es un órgano colegiado, consultivo e independiente, creado por la Ley 10/2019, de 22 de febrero, de cambio climático y transición energética, que, de acuerdo con el artículo 7.1 de la Ley 10/2019, está adscrito a la Conselleria de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática.

El objeto del Reglamento del Decreto es regular la composición, la organización y el funcionamiento del Comité de Expertos para la Transición Energética y el Cambio Climático.

El Comité, en virtud del artículo 7.2 de la Ley 10/2019, tiene que estar integrado por personas de reconocido prestigio en los campos medioambiental, laboral, energético o de cambio climático.

Estas personas tienen que ser expertas de reconocido prestigio en los diferentes ámbitos científicos relacionados con la transición energética o el cambio climático, como son la física, la biología, la química, la agricultura, la geografía, las ciencias de la salud, la ingeniería, el derecho, la economía, la movilidad y la educación.

Las funciones del Comité son: asesorar, a petición del Consejo Balear del Clima, sobre el desarrollo de las políticas climáticas y sobre la adecuación de las políticas a los objetivos de la Ley 10/2019 y a los objetivos del Plan de Transición Energética y Cambio Climático, asesorar también sobre la adecuación de proyectos de normas y planes del Govern, así como formular propuestas dirigidas al cumplimiento de los objetivos de la Ley 10/2019.

En este sentido, se podrán proponer medidas dirigidas a promover el ahorro energético, la eficiencia energética y la generación de energía con energías renovables para estabilizar y reducir la demanda energética, o a reducir la dependencia energética exterior y avanzar hacia un escenario con la máxima autosuficiencia y garantía de suministros energéticos.

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