La Comisión incoa procedimiento contra TikTok en el marco de Ley de Servicios Digitales en relación con el lanzamiento de TikTok Lite en Francia y España, y comunica su intención de suspender el programa de recompensas en la UE

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La Comisión ha incoado hoy un segundo procedimiento formal contra TikTok en virtud de la Ley de Servicios Digitales. La actuación de hoy consiste en evaluar si la empresa podría haber infringido la Ley de Servicios Digitales al poner en marcha TikTok Lite en Francia y España. En virtud de la Ley de Servicios Digitales, las plataformas en línea de muy gran tamaño designadas están obligadas a presentar un informe de evaluación de riesgos que incluya las medidas para mitigar cualquier posible riesgo sistémico antes de poner en marcha nuevas funcionalidades que puedan tener un impacto significativo en sus riesgos sistémicos. 

A la Comisión le preocupa que el «programa de recompensas» de TikTok Lite  —que permite a los usuarios ganar puntos mientras llevan a cabo determinadas «tareas» en TikTok como ver vídeos, dar «me gusta» a los contenidos, seguir a los creadores, invitar a amigos a unirse a TikTok, etc.— se haya puesto en marcha sin una evaluación previa y diligente de los riesgos que conlleva, en particular los relacionados con el efecto adictivo de la plataforma, y sin adoptar medidas eficaces de reducción de riesgos. Esto es especialmente preocupante en el caso de los niños, dada la presunta ausencia de mecanismos eficaces para verificar la edad en TikTok. La falta de mecanismos eficaces de verificación de la edad y el presunto diseño adictivo de la plataforma ya se están investigando en el primer procedimiento formal contra TikTok

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