Juzgado Mallorca perdona 50.000 euros deudas, incluidos con Agencia Tributaria

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T. N. es una pensionista, con ingresos regulares superiores a los 2.000 euros. Aunque tras el cierre de una etapa empresarial arrastraba préstamos y una deuda tributaria, nunca pensó que debería acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad, ya que podía pagarlo puntualmente. 

No obstante, el problema vino cuando se vio obligada a avalar una serie de préstamos para que su hijo saliera de un bache económico. Esta inyección de dinero pareció útil al principio, pero no solucionó definitivamente la insolvencia de su hijo. A los pocos meses, su hijo seguía sin conseguir esos ingresos que necesitaba y los créditos aún estaban pendientes de devolución. En esta tesitura, la deudora se vio sobrepasada. Los nuevos créditos sumados a los ya contraídos por ella en el pasado la convirtieron en insolvente.

Llegado este punto, donde la salud se comenzaba a resentir por el estrés y la ansiedad que suelen provocar las constantes llamadas de recobro, la interesada buscó una solución. En 2019 contactó con la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, entidad formada por abogados y economistas especialistas en defender a personas sobreendeudadas. Estos fueron los que estudiaron su caso y aconsejaron a la deudora acogerse a la llamada “Ley de la Segunda Oportunidad”. 

Aunque T. N. se define como “optimista”,lo cierto es que para ella dar este paso no fue fácil, ya que no terminaba de creerse que fuese capaz de liberarse del pago de casi 50.000 euros. Ante esta duda, Andrea Olcina, una de las abogadas de la Asociación, se muestra segura y nos explica que siempre han tenido claro que la deudora saldría del procedimiento con el problema solucionado. “Si cumplimos los requisitos que marca la ley de la segunda oportunidad, una vez empezamos con los trámites, podemos tener claro que se conseguirá un resultado positivo: o bien, se logra un acuerdo de pago con todos los acreedores acorde a los ingresos del deudor, o bien, como se ha conseguido aquí, la exoneración del 100% de sus deudas”, explica la letrada.

Qué pasos ha seguido para conseguir el perdón de todo

Lo primero que hicieron los abogados encargados del caso de esta pensionista fue presentar una comunicación formal a los Tribunales de Palma informando de su situación de insolvencia. Con esto ya disminuiría su estrés -tanto el financiero, como el físico-, debido a que obtenía protección para dejar de pagar sus deudas sin temor a embargos.

Se abrió así, un periodo en el que se trató de llegar a un acuerdo con los acreedores de la interesada. Este se materializó en un plan de pagos donde se pidió una rebaja del 87% de la deuda total, de cara a que fuese asumible con sus ingresos. Dicha propuesta fue rechazada prácticamente por todas las entidades comunicadas. No obstante, este trámite no fue baladí: la deudora acababa de dejar claro que quería pagar atendiendo a sus posibilidades, lo que la acercaba a ser considerada “deudora de buena fe”.

Acreditando esta buena fe, los letrados presentaron la demanda de concurso de acreedores consecutivo de nuevo en los tribunales de Palma. Llegados a este punto, el único resultado posible era ya la exoneración de todas las obligaciones de pago que quedaran pendientes. 

Requisitos de la Ley de la Segunda Oportunidad y exoneración de créditos públicos

Para que fuese aceptada esta petición de lograr el perdón de todas sus deudas, T. N. debía cumplir una serie de requisitos legales. Estos son: ser insolvente, es decir, no poder atender puntualmente todos sus pagos; y ser deudora de buena fe. Esta buena fe, además de con el intento de acuerdo, quedaba demostrada al no superar la cuantía total de la deuda los cinco millones de euros, y al no haber sido condenada por delitos socioeconómicos. 

Una vez comprobados estos presupuestos se dictó la resolución definitiva concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) dejando a esta deudora libre de pagar 50.634,10 euros. Lo único que sí queda vivo tras el proceso es una pequeña parte a pagar a las administraciones públicas. Esta se abonará por la ya ex-deudora en cuotas mensuales de 98,95 euros mensuales durante un año. Tras esto, sí que quedará libre completamente.

Con esta sentencia los acreedores de la concursada, incluidos, entre otros, Cofidis, Cetelem o Bankia, no podrán reclamar ningún pago más ni incluirla en fichero de morosos. Puede empezar a invertir y financiarse sin miedo a embargos, solo preocupándose de cumplir con los pagos voluntariamente pactados con la Agencia Tributaria.

Ya son 27 las exoneraciones de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento en lo que llevamos de 2022. Algunas sentencias en la que incluyen incluso deuda pública como los 137.709,06 euros perdonados en Albacete o manteniendo bienes, como los 222.807,18 euros en Valencia el 8 de febrero.

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