El Tribunal Supremo ratifica sentencia de 13,4 millones de euros a Renfe por interrupción del tráfico ferroviario causada por el colapso de un túnel

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La Sala Civil del Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia de la Audiencia de Madrid que condena a la Unión Temporal de Empresas (UTE) conformada por Obrascon Huarte y Guinovart Hispania, junto con varias aseguradoras, a pagar la suma de 13,4 millones de euros a Renfe. Esta condena surge como consecuencia de la paralización del tráfico ferroviario durante 42 días tras el hundimiento de un túnel en Hospitalet (Barcelona) el 20 de octubre de 2007, debido a la deficiente ejecución de una obra.

La resolución del Tribunal Supremo desestima los recursos presentados por las empresas constructoras y acepta parcialmente el recurso de las aseguradoras, determinando el inicio del devengo de intereses según el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro a partir del 30 de octubre de 2009, en lugar de la fecha del siniestro.

Según la sentencia, el hundimiento del túnel del Gornal, ubicado en el término municipal de Hospitalet, ocurrió alrededor de las 10:30 horas del 20 de octubre de 2007. Este incidente tuvo lugar durante la ejecución de obras para la construcción de la plataforma de la línea de alta velocidad Madrid – Zaragoza – Barcelona – Frontera Francesa, llevadas a cabo por la UTE Hospitalet, compuesta por OHL y AGOSH.

El Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) adoptó cautelarmente un acuerdo de paralización, pero el Tribunal Supremo destaca que este acuerdo no exime de responsabilidad a las empresas constructoras y a sus aseguradoras. Renfe demandó a ambas partes, buscando la compensación por los daños sufridos.

Tras un proceso administrativo, el Consejo de Administración de ADIF emitió un acuerdo el 30 de octubre de 2009, declarando a la UTE Hospitalet responsable de los daños causados por el hundimiento. Esta decisión fue confirmada por una sentencia del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo núm. 7 el 27 de diciembre de 2011.

La condena impuesta por la Audiencia de Madrid estableció que las demandadas debían abonar a Renfe la suma total de 13.473.063,69 euros, distribuida entre Renfe Viajeros (11,7 millones), Renfe Mercancías (1,6 millones) y Renfe Fabricación y Mantenimiento (70.218 euros), dentro de los límites establecidos en las capas de cobertura del seguro. Con la confirmación de la sentencia por parte del Tribunal Supremo, se cierra este capítulo legal en torno a los acontecimientos de octubre de 2007 en Hospitalet.

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