El gobierno ha negociado con las asociaciones de empresarios los detalles y características de este nuevo sistema que se prevé, implantaran a partir de enero 2025. Ya que España es el único país de la Unión Europea que todavía no lo ha incluido en su normativa fiscal.

La implantación de este nuevo sistema hará que muchos autónomos y pymes dejen de presentar el IVA (Impuesto del valor añadido) y no solo eso, sino que tampoco lo incluyan en sus precios y sus facturas. Esta reforma fiscal afectara a miles de pequeñas empresas.

El IVA franquiciado lleva años funcionando en otros países de la Unión Europea. De hecho España es el único Estado miembro de la CEU que no ha incluido la normativa fiscal para que los autónomos no tengan que declarar el IVA.

Este sistema se ha hecho pensando en los autónomos y pymes con bajos niveles de facturación. Siendo el tope de 85.000 euros.

Al acogerse al IVA franquiciado, no se tendrá que declarar el IVA y tampoco que incluirlo en sus precios, Ya que no presentarán el modelo 303 o los modelos mensuales.

Hacienda seguramente exigirá algún tipo de declaración a principios de año, para controlar los ingresos y gastos que tiene el empresario y así poder determinar que si cumple con los requisitos de los máximos de facturación.

Aplicando este nuevo sistema, los autónomos tampoco podrán aplicar las deducciones de este impuesto por los gastos efectuados. Y esta puede ser una desventaja, como por ejemplo los que tengan muchos gastos que deducir, ya que no podrán recuperar los impuestos que hayan pagado al hacer sus compras de negocio.

Tampoco será ventajoso para los autónomos que acaban de empezar la actividad, y están invirtiendo en nuevos materiales y maquinaria, porque Hacienda no les devolverá el IVA que abonaron.

Sin embargo es muy ventajosos para los autónomos que soportan pocos gastos, especialmente a los profesionales independientes, abogados, asesores, freelance, arquitectos, periodistas, que suelen necesitar pocos elementos para su desarrollo profesional.

La previsión de entrada en vigor de esta disposición Comunitaria esta prevista a partir del 1 de enero de 2025. Ya que todavía hay matices que deben ser perfilados.

A partir de esa fecha los autónomos y Pymes con ingresos inferiores a 85.000 euros podrán elegir entre el regímen general del IVA o el nuevo especial de franquiciado del IVA, si se cumple con las exigencias necesarias para acogerse a este.

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