El 29 de marzo de este año, se publicó en el Boletin Oficial del Estado, la ley 7/2003 de protección de los derechos y bienestar animal, llamada «Ley de Bienestar Animal», entrando en vigor este 29 de septiembre pasado. Esta ley pretende regular y controlar la tenencia y trato de animales en el territorio español. Y en estas líneas, vamos a hacer un pequeño resumen de todos las normas y prohibiciones que en ella se desarrollan, teniendo que cumplir rigurosamente con ellas, para no ser multados.

Las prohibiciones de la ley

-Se prohíbe dejar solo a un animal de compañía más de 3 días, y 1 día en el caso de perros.

-No se podrá mantener de forma habitual a nuestras mascotas en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares.

-No se podrá vender perros, gatos y hurones, únicamente lo podrán hacer los criadores autorizados, quedando estrictamente prohibido la comercialización por internet de cualquier tipo de animal doméstico.

-Se prohíbe el sacrificio de animales por razones económicas. Los sacrificios de animales con la nueva ley de Protección Animal, solo estarán permitidos en situaciones eutanásicas, no pudiendo sacrificar a ningún animal por su comportamiento, por saturación del centro, por vejez o por lesiones.

-La esterilización será obligatoria de los gatos a partir del medio año de vida.

-Obligatoriedad de la identificación de gatos y hurones, al igual que perros, a través de microchip.

-Se tendrá que realizar un curso obligatorio para la tenencia responsable de perros (contenido de la ley, pendiente de definir).​ Será obligatorio un seguro de responsabilidad civil por posibles daños, directos o indirectos, de nuestras mascotas a terceros.

-La ley también establece que, los dueños de más de 5 animales, tendrán que registrarse como núcleo zoológico, quedando la cría de animales limitada a profesionales inscritos con este fin al Registro de Criadores animales de Compañía.

Las multas por incumplimiento de esta ley y su clasificación

La normativa contempla claramente y según el nivel de maltrato, multas que van desde 500 euros a 10.000 euros en las infracciones leves, considerándose como leves, acciones u omisiones que no provoquen daños físicos, pero si conlleven la no observancia de las prohibiciones establecidas por la ley. La infracciones graves que irán desde 10.000 euros a 50.000 euros, por una conducta que implique un daño o sufrimiento para el animal. Y de muy graves con multas de entre 50.000 euros hasta 200.000 euros, cuando se produzca la muerte del animal por incumplimiento de nueva ley. Teniendo en cuenta que se mantendrá la clasificación de razas potencialmente peligrosas, con todas las obligaciones que conlleva para sus propietarios.

Esta nueva ley trae consigo la consideración de nuestros animales y mascotas de compañía, entendiendo que son seres vivos y tienen derechos ante sus propietarios. Teniendo estos, que cumplir rigurosamente con todas las normas para poder disfrutar de su compañía. Una Ley muy esperada por las distintas asociaciones animalistas que han luchado durante años para poder llegar a este gran punto de protección para nuestra mascotas, obligándonos a todos a cumplir la responsabilidad de estar a cargo de un animal.

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