La Comisión abre una investigación adicional por incumplimiento contra Apple

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La Comisión Europea informó a Apple de su dictamen preliminar, a cerca de las normas sobre su tienda de aplicaciones (App Store)que infringen el Reglamento de Mercados Digitales, ya que impiden a los desarrolladores de aplicaciones orientar libremente a los consumidores hacia canales alternativos de ofertas y contenidos. Además, la Comisión ha incoado un nuevo procedimiento de incumplimiento contra Apple por la posibilidad de que sus nuevos requisitos contractuales para terceros desarrolladores de aplicaciones y tiendas de aplicaciones, incluida la nueva «tasa de tecnología básica» (Core Technology Fee) de Apple, incumplan efectivamente las obligaciones de Apple con arreglo al Reglamento de Mercados Digitales.

Conclusiones preliminares sobre las normas sobre prácticas orientadoras de Apple aplicables a App Store

En virtud del Reglamento de Mercados Digitales, los desarrolladores que distribuyan sus aplicaciones a través de la App Store de Apple deben poder informar gratuitamente a sus clientes de posibilidades de compra alternativas más baratas, orientarlos hacia esas ofertas y permitirles realizar compras.

Apple tiene actualmente tres series de condiciones comerciales que rigen su relación con los desarrolladores de aplicaciones, incluidas las normas sobre prácticas orientadoras de App Store. La Comisión ha llegado a la conclusión preliminar siguiente:

  • Ninguna de esas condiciones comerciales permite a los desarrolladores orientar libremente a sus clientes. Por ejemplo, los desarrolladores no pueden facilitar información sobre precios dentro de la aplicación ni comunicarse de otro modo con sus clientes para promover ofertas disponibles en canales de distribución alternativos.
  • En la mayoría de las condiciones comerciales a disposición de los desarrolladores de aplicaciones, Apple solo permite la orientación a través de «enlaces», es decir, los desarrolladores de aplicaciones pueden incluir un enlace en su aplicación que redirija al cliente a una página web en la que el cliente puede celebrar un contrato. El proceso de enlaces está sujeto a varias restricciones impuestas por Apple que impiden a los desarrolladores de aplicaciones comunicar, promover ofertas y celebrar contratos a través del canal de distribución de su elección.
  • Aunque Apple puede recibir una comisión por facilitar a través de App Store la adquisición inicial de un nuevo cliente por los desarrolladores, las comisiones cobradas por Apple van más allá de lo estrictamente necesario para tal remuneración. Por ejemplo, Apple cobra a los desarrolladores una comisión por cada compra de bienes o servicios digitales que un usuario realiza en un plazo de siete días a partir del uso del enlace desde App Store.

Al enviar las conclusiones preliminares, la Comisión informa a Apple de su dictamen preliminar de que la empresa infringe el Reglamento de Mercados Digitales. Esto se entiende sin perjuicio del resultado de la investigación, ya que Apple tiene ahora la posibilidad de ejercer su derecho de defensa examinando los documentos del expediente de investigación de la Comisión y respondiendo por escrito a las conclusiones preliminares de aquella.

Finalmente, se confirmarán los puntos de vista preliminares de la Comisión, ninguna de las tres series de condiciones comerciales de Apple cumpliría el artículo 5, apartado 4, del Reglamento de Mercados Digitales. El cual dispone que los guardianes de acceso permitan a los desarrolladores de aplicaciones orientar a los consumidores, de forma gratuita, hacia ofertas fuera de las tiendas de aplicaciones de los guardianes de acceso. La Comisión adoptaría entonces una decisión de incumplimiento en un plazo de doce meses a partir de la incoación del procedimiento.

Nueva investigación por incumplimiento sobre las cláusulas contractuales de Apple

La Comisión, también abrió una tercera investigación por incumplimiento sobre las nuevas cláusulas contractuales de Apple para los desarrolladores, como condición para acceder a algunas de las nuevas características que permite el Reglamento de Mercados Digitales, sobre todo el ofrecimiento de tiendas de aplicaciones alternativas o la posibilidad de ofrecer una aplicación a través de un canal de distribución alternativo. Apple ha mantenido hasta ahora la opción de suscribirse a las condiciones anteriores, que no permiten en absoluto canales de distribución alternativos.

La Comisión investigará si estos nuevos requisitos contractuales para terceros desarrolladores de aplicaciones y tiendas de aplicaciones infringen el artículo 6, apartado 4, del Reglamento de Mercados Digitales, sobre todo los requisitos de necesidad y proporcionalidad previstos en aquel. La investigación se refiere a lo siguiente:

  • La tasa de tecnología básica (Core Technology Fee) de Apple, según la cual los desarrolladores de tiendas de aplicaciones de terceros y aplicaciones de terceros deben pagar una tarifa de 0,50 euros por aplicación instalada. La Comisión investigará si Apple ha demostrado que la estructura de tarifas que ha impuesto, como parte de sus nuevas cláusulas comerciales, y en particular la llamada Core Technology Fee, se ajusta efectivamente al Reglamento de Mercados Digitales.
  • El itinerario escalonado del usuario de Apple para descargar e instalar tiendas de aplicaciones o aplicaciones alternativas en iPhones. La Comisión investigará si los pasos que debe dar un usuario para completar con éxito la descarga y la instalación de tiendas de aplicaciones o aplicaciones alternativas, así como las diversas pantallas de información mostradas por Apple al usuario, cumplen lo dispuesto en el Reglamento de Mercados Digitales.
  • Los requisitos de admisibilidad para los desarrolladores relacionados con la capacidad de ofrecer tiendas de aplicaciones alternativas o de distribuir directamente aplicaciones desde la web en iPhones. La Comisión investigará si cumplen lo dispuesto en el Reglamento de Mercados Digitales aquellos requisitos, por ejemplo, la «afiliación al día» (membership of good standing) en el programa de desarrolladores de Apple, que deben cumplir los desarrolladores de aplicaciones para poder beneficiarse de la distribución alternativa prevista en dicho Reglamento.

Paralelamente, la Comisión seguirá dando pasos preliminares de investigación fuera del ámbito de esta, concretamente acerca de los controles y exámenes establecidos por Apple para validar aplicaciones y tiendas de aplicaciones alternativas para su transferencia local (sideloading).

Antecedentes

Alphabet, Amazon, Apple, ByteDance, Meta y Microsoft, los seis guardianes de acceso designados por la Comisión el 6 de septiembre de 2023, debían cumplir plenamente todas las obligaciones del Reglamento de Mercados Digitales a más tardar el 7 de marzo de 2024.

El 25 de marzo de 2024, la Comisión abrió investigaciones por incumplimiento sobre las normas de Alphabet sobre la orientación en Google Play y la autopreferencia en Google Search, las normas de Apple sobre orientación en su App Store y la pantalla de elección de Safari, y el «modelo de pago o consentimiento» de Meta. La Comisión anunció nuevas medidas de investigación para recopilar datos e información en relación con la autopreferencia de Amazon y la distribución de aplicaciones alternativas y el nuevo modelo de negocio de Apple.

El 29 de abril de 2024, la Comisión designó a Apple con respecto a su iPadOS, su sistema operativo para las tabletas, como guardián de acceso en virtud del Reglamento de Mercados Digitales. El 13 de mayo de 2024, la Comisión también designó a Booking como guardián de acceso en virtud del Reglamento de Mercados Digitales por su servicio de intermediación en línea Booking.com. En total, se han designado 24 servicios básicos de plataforma prestados por todos los guardianes de acceso.

En caso de infracción, la Comisión puede imponer multas de hasta el 10 % del volumen de negocios mundial total del guardián de acceso. Estas multas pueden incrementarse hasta el 20 % en caso de infracciones reiteradas. Además, en caso de infracciones sistemáticas, la Comisión también está facultada para adoptar medidas correctoras complementarias, tales como obligar a un guardián de acceso a vender una empresa o partes de ella, o prohibir al guardián de acceso adquirir servicios adicionales relacionados con el incumplimiento sistemático.

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