El Ayuntamiento eleva un 16% el importe máximo de las ayudas al alquiler hasta los 1.400 euros y amplía los niveles de renta para poder solicitarlas

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  • El Consistorio destinará 250.000 euros para esta partida y ampliará hasta los 1.600 euros la ayuda en casos de menores de 35 y mayores de 65 años

El Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu ha abierto desde el día 7 el plazo para solicitar las ayudas para el alquiler a residentes en el municipio, que persiguen aliviar el peso que supone el coste de la vivienda dentro del total de gastos de las familias. El plazo finalizará el 3 de agosto y toda la información y las bases se pueden encontrar en la web municipal www.santaeulariadesriu.com. Como principales novedades, este año se amplía el límite máximo inicial de las ayudas a conceder, que pasa de 1.200 a 1.400 euros, un 16%. Además, se han actualizado los niveles de renta de las unidades familiares que lo pueden solicitar de manera que se pueda ampliar el número de beneficiarios o compensar las posibles actualizaciones de salarios del último ejercicio.

El Consistorio renueva su proyecto para ayudar a los vecinos de Santa Eulària des Riu a la hora de tener que hacer frente al gasto que supone el alquiler, una necesidad para la que cada vez se tienen que destinar más recursos y que es uno de los desembolsos fundamentales que deben realizar muchas personas y familias del municipio. En esta edición, el importe reservado inicialmente es de 250.000 euros.

El límite de la ayuda genérica se incrementa en 200 euros

Las ayudas al alquiler supondrán el equivalente a dos mensualidades del beneficiario con un límite de la ayuda de 1.400 euros. También este es el límite del recibo mensual que se podrá aportar para optar a la ayuda. En la anterior convocatoria la cifra máxima del alquiler era de 1.200 euros pero se ha decidido elevarla en 200 euros para que se adapte mejor a la actual realidad de los precios de las viviendas dadas las alzas de los precios que se registran. Como ya ocurría el año anterior, el límite de la ayuda genérica se incrementa en 200 euros (por lo que este año será de 1.600 euros) en los casos de que los solicitantes sean menores de 35 años o mayores de 65 puesto que estos colectivos presentan habitualmente unos niveles de renta más reducidos y, por tanto, tienen más dificultades para abordar las mensualidades.

Otra modificación sustancial es la de los niveles de renta máximos para acceder a las ayudas. Se trata de una actualización que persigue ampliar el colectivo al que pueden llegar las ayudas al tiempo que absorbe los posibles incrementos de salarios que se han dado en algunos sectores por la falta de personal. Así, la suma de todos los ingresos de la unidad de convivencia durante el año 2022 será de 3,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem) a 14 pagas, lo que significa que para una ‘unidad de convivencia’ de un solo miembro, esta cantidad será de 28.371,98 euros frente a los 23.725 del año pasado. Además por cada miembro adicional de la ‘unidad’ se deberán sumar 4.053,14 euros, por lo que en el caso de una familia de cuatro personas este límite sería de 40.531,40 euros frente a los 35.588,70 de 2022.

Los solicitantes deberán tener empleo

Como requisitos, además de ser mayor de edad, se deberá estar empadronado en el municipio al menos desde tres años antes de la publicación de la convocatoria (o cuatro dentro de los últimos cinco años), tener un contrato en vigor para el alquiler y que la vivienda esté ubicada en el municipio.

Los solicitantes deberán estar al corriente de los pagos de las rentas del alquiler, si bien se contemplan algunas excepciones. Igualmente, tampoco se debe ser propietario de una vivienda en algún otro punto del país, si bien también pueden existir casos excepcionales en los cuales se acepte esta condición. Los solicitantes deberán tener empleo, con las condiciones que fijan las bases, aunque también hay supuestos en los que no es necesario. También se establece la prohibición de que los aspirantes a las ayudas sean parientes, en primer o segundo grado de la persona propietaria de la vivienda o socio de la empresa que sea propietaria de la misma.

Las solicitudes podrán presentarse a través del registro telemático (es preciso contar con certificado digital) de la web www.santaeulariadesriu.com , o a través del registro general de entrada del Consistorio (ubicado en el edificio Polivalente de la calle Marià Riquer Wallis, 4, de la población de Santa Eulària, para el cual es preciso solicitar cita previa), así como en los registros de entrada de las oficinas municipales de Jesús o de es Puig d’en Valls. También se pueden presentar las peticiones a través de las oficinas de Correos.

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