Anulan condena debido que se accedió sin autorización judicial a datos médicos

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La sentencia proclama la necesidad de contar con autorización del paciente o autorización judicial para recabar datos médicos que pretendan ser utilizados en una investigación delictiva.

La Sala de lo Penal acordó la absolución por falta de pruebas de un hombre condenado a 9 años de prisión, por delitos de robo y lesiones al considerar que la Guardia Civil, accedió sin su consentimiento y sin autorización judicial, a datos médicos.

Se estima parcialmente el recurso de casación y anula la condena que le impuso la Audiencia Provincial de Alicante, fue confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. Por un delito de robo con violencia en casa habitada, con uso de arma y con las agravantes de disfraz y reincidencia.

En su recurso denunciaba la invalidez constitucional, de una parte esencial de la prueba debido a que se la había atribuido la responsabilidad de los hechos a partir de un informe médico, elaborado cuando acudió al hospital para ser tratado de unas lesiones, que la Guardia Civil obtuvo sin autorización judicial, y que fue incorporado a las actuaciones.

La ley interna española, de conformidad con las posibilidades otorgadas por el ordenamiento comunitario, impone que exista una autorización judicial y que esté específicamente dirigida a un procedimiento de investigación concreto, cuando se pretendan los datos clínico, asistenciales correspondientes a un determinado e identificado individuo.

La sentencia rechaza el recurso, que presentó otro de los condenados por estos hechos, y confirma su condena a 25 años de prisión por cuatro delitos de robo con violencia en casa habitada, con uso de arma y agravante de disfraz, un delito continuado de robo en casa habitada, delito de integración en grupo criminal y dos delitos de lesiones.

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